PARTIDO
APRISTA PERUANO
COMITÉ
EJECUTIVO NACIONAL
DIRECTIVA
NACIONAL N° 001-2013-CEN-PAP-SG
LINEAMIENTOS
PARA LA CAMPAÑA MUNICIPAL Y REGIONAL 2014
El
Comité Ejecutivo Nacional, recogiendo la sugerencia de la Dirección
Nacional de Política, ha acordado aprobar un conjunto de
lineamientos o criterios para que el Partido Aprista Peruano
participe en las próximas elecciones municipales y regionales en el
2014.
Tales
criterios se adoptan en función de la situación política nacional
y la posición que el Partido tiene actualmente en el espectro
político. Para tal efecto, la tradición partidaria de la política
del Buen Vecino y de alianzas locales, son antecedentes de esta
directiva.
OBJETIVO.-
Participar
en las Elecciones Municipales y Regionales del 2014, bajo las
modalidades que se aprueban en la presente Directiva.
MODALIDADES
DE PARTICIPACION.-
Teniendo
en cuenta que las Elecciones Municipales tienen un carácter vecinal,
es pertinente que la militancia del PAP, participe en los procesos
venideros promoviendo una propuesta más amplia que convoque a
ciudadanos con vocación de servicio a integrar listas de forma
plural.
- Para tal efecto, pueden conformarse ALIANZAS ELECTORALES a niveles Regional o Local, que deben inscribirse 120 días antes de las elecciones (art. 9° Ley 26864).
- También es posible hacerlo bajo las denominaciones partidarias, como Partido Aprista Peruano o Partido del Pueblo, pero siempre integrando a ciudadanos que sumen a nuestras posibilidades.
- En casos excepcionales, los militantes podrán participar en otras listas independientes vecinales, para lo cual se requiere autorización formal del PAP.
DENOMINACION.-
La
Alianza electoral Regional o Local deberá denominarse de manera
uniforme en toda la circunscripción
Solo
en caso excepcional, podrá utilizarse otra denominación,
debidamente autorizada por la dirigencia regional del PAP.
Si
la base lo estima conveniente utilizará la denominación partidaria
y la Estrella
CUOTAS
DE GENERO Y JUVENTUD.- (Ley 26864 art. 10° y Leyes 28869 y 29470)
La
cuota legal de género es de 30%; hay que tener sumo cuidado de
cumplirlo.
La
cuota legal de jóvenes menores de 29 años es de 20%, pero nosotros
incorporaremos 40% en Municipales.Otro 40% de la lista Municipal
debe estar integrada por no mayores de 40 años.
Debe
cumplirse la cuota de representantes de Comunidades Nativas y Pueblo
originarios de 15% cuando sea pertinente.
GENERACION
DE CONSENSOS.-
En
las bases del Partido, Regionales, Provinciales y Distritales, deben
realizarse Asambleas Generales para implementar la presente
Directiva, las cuales deben ser convocadas dentro de los 20 días
siguientes para recoger los criterios de la militancia y elegir allí
mismo una Comisión de Trabajo integrada por 3 compañeros que
tendrán a su cargo las conversaciones con personalidades o grupos
con quienes el Partido podría conformar una Alianza electoral o
analizar otras modalidades de participación adaptada a la realidad
regional o local.
La
Comisión de Trabajo también tendrá a su cargo la generación de
consensos al interior del Partido para fomentar su Unidad y
equilibrio partidario.
CAPACITACION.-
El
Comité Ejecutivo Nacional dictará las medidas para desarrollar
Talleres de Capacitación en Gestión Municipal y Regional, y, su
aprobación constituye un requisito partidario para poder integrar
las listas de candidatos.
PLAZOS.-
La
Comisión de Trabajo tiene un plazo de 90 días para lograr sus
objetivos, debiendo dar cuenta de sus resultados en Asamblea General
y a la instancia superior partidaria. El Secretario General Regional
debe efectuar un Informe final consolidando los diversos criterios de
su circunscripción y elevarlo al Comité Ejecutivo Nacional, con
copia a los Secretarios Nacionales de Gobiernos Regionales y
Municipal.
Casa
del Pueblo, 1° de Abril de 2013

No hay comentarios:
Publicar un comentario